Colegiación
La colegiación en España, para los ingenieros de caminos, canales y puertos, es obligatoria para poder ejercer, y recomendable para ejercer en el extranjero por su exigencia en origen. Además, los colegiados pueden beneficiarse de los servicios que ofrecer el Colegio en materia técnica, de formación, de seguros y descuentos, jurídica y de documentación.
Colégiate Online
Sólo necesitas acceder mediante a este enlace a la solicitud de alta para ser colegiado de nuestra Demarcación
Colégiate de manera presencial
Necesitarás acudir a nuestra Sede de la Demarcación con la siguiente documentación:
- Título oficial de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
- Si se han cursado estudios medios, se deberá traer los documentos correspondientes, título y expediente.
- Expediente académico
- 1 Fotografía de tamaño carnet
- Número de cuenta bancaria (20 dígitos)
- DNI original
Competencias profesionales
Son competencias de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en general la asesoría, análisis, diseño, cálculo, proyecto, planificación, dirección, gestión, construcción, mantenimiento, conservación y explotación en los campos de la ingeniería civil, de las infraestructuras y las obras públicas, así como de los aspectos medioambientales relacionados con las mismas. También tienen competencia para cualquier trabajo en el que la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (o Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos) otorgue la capacidad y los conocimientos para desarrollarlo, salvo reserva de ley a otra titulación, de conformidad con el principio de libertad con idoneidad.
Derechos de la colegiación
1. Ejercer la profesión en España y en el extranjero, en este último caso en virtud de las homologaciones o reconocimientos o convenios oportunos con las autoridades y organismos profesionales competentes.
2. Ser asistido, asesorado y defendido por el colegio, en la forma y condiciones fijadas, en cuantas cuestiones se susciten en relación con sus derechos e intereses legítimos de carácter profesional y muy especialmente cuando se vea obstaculizado en el pleno y recto ejercicio de sus atribuciones profesionales.
3. Presentar para visado o registro sus trabajos profesionales o documentos con ellos relacionados, quedando constancia de la documentación presentada.
4. Cobrar los honorarios de los trabajos visados a través del colegio, incluso mediante las reclamaciones administrativas y judiciales que sean precisas, en la forma y condiciones fijadas en los estatutos, reglamentos y normas colegiales.
5. Utilizar todos los servicios que tenga establecidos el colegio e inscribirse en las instituciones colegiales, en la forma y condiciones fijadas al efecto.
6. Participar en la formación de la voluntad colectiva, pudiendo ser elector y elegible para la composición de los órganos colegiales, así como alegar y recurrir contra los actos de éstos, de acuerdo con los estatutos, reglamentos y normas colegiales.
7. Obtener la convocatoria del Consejo General a petición de la décima parte de los colegiados, y la inclusión de un asunto en el orden del día del Consejo General a petición de 50 colegiados.
8. Recibir información regular sobre la actividad corporativa y de interés profesional mediante el Boletín de Información del colegio y circulares, así como intervenir en el trámite de información colegial en los asuntos que corresponda.
9. Examinar los archivos y registros que reflejen la actividad del colegio, en la forma y condiciones reglamentarias.
Obtener la información solicitada sobre aspectos corporativos de su interés y, en su caso, certificación de los acuerdos que les afecten personalmente, así como vista y audiencia en el procedimiento de esos acuerdos.
10. Expresar libremente su opinión sobre cualquier aspecto profesional y corporativo en La Voz del Colegiado.
Tener un tratamiento específico, por razón de edad u otras circunstancias, que se determinará reglamentariamente.
Seguro de accidentes profesionales
Responsabilidad Civil Profesional: Límite de cobertura de 125.000 € por siniestro en daños a terceros (50% en daños a la propia obra), con 30.000 € de franquicia. (ver nota informativa).
Accidentes: A partir del 1 de enero de 2015, las garantías se extienden hasta 12.000€ en caso de fallecimiento e invalidez permanente motivados por accidente. asistencia médico farmacéutica por accidente: 1.500 €.
Existe una ampliación voluntaria de otros 20.000€, con la que formar una cobertura global de 32.000€, por una prima anual voluntaria de 20€. Además, el FAM nos propone otras opciones de ampliación adicionales que pueden ser de gran interés para mejorar las garantías de tu familia en el caso de que sufras un accidente, a través de póliza colectiva, también con CASER, de la que es tomadora la Mutualidad.
Para obtener las ampliaciones de cobertura comentadas,remitir a la institución colegial FAM Caminos a los datos de contacto: FAM Caminos. Email: fam.seguros@famcaminos.es Tlfno: 91.308.64.28 Fax: 91.310.37.34 – Dirección: C/ Almagro 8 y 42. 28010 – Madrid.
PRECIOS
Cuota anual
La cuota de incorporación al Colegio es de 135,84 €, estando exentos de ella aquellos ingenieros que se colegien dentro de los doce meses siguientes a la terminación de la carrera (*).
(*) En el caso de solicitantes en razón al reconocimiento u homologación de un Título obtenido en el extranjero, se considerará fecha de terminación de la carrera la fecha en que se haya dictado la Orden Ministerial correspondiente.
La cuota ordinaria con carácter general es de 271,64 €/año.
La cuota de reincorporación para los ingenieros que, en situación de baja, quieran volver a darse de alta en el Colegio tiene la cuantía de un año completo de colegiación.
- Reducción de un 65% durante los doce primeros meses de colegiación (95,07 €/año).
- Reducción de un 30% durante los doce meses siguientes a los contemplados en el apartado anterior. (190,15 €/año).
- Los colegiados jubilados mayores de 75 años están exentos de cuota.
- Los jubilados (incluidos los de extranjero) tienen una reducción de un 75% de la cuota (67,92 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
- Los Colegiados residentes en el extranjero (salvo que sea en USA o Canadá), abonan el 80% de la cuota ordinaria (217,31 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
- Los Colegiados residentes en USA o Canadá abonan el 70% de la cuota ordinaria (190,15 €/año), a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
- Reducción del 30% tienen también los colegiados que realicen cursos de Postgrado (incluidos los de extranjero), mientras dure dicha situación, a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
- Los Colegiados en situación de desempleo o bajos ingresos tienen una reducción del 90% de la cuota ordinaria mientras dure dicha situación, que justificarán debidamente. Dicha reducción será efectiva en el siguiente recibo trimestral desde el momento de presentación del correspondiente justificante.
- Situaciones especiales, están exentos del pago de la cuota, a partir de la fecha en que lo comuniquen al Colegio mediante su modificación de datos en el Maestro de Colegiados.
PRECOLEGIACIÓN
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